domingo, 2 de noviembre de 2014

Varias sentencias judiciales obligan al progenitor a seguir ayudando a mantener a hijos mayores de edad y con estudios debido a la crisis económica

La crisis, aseguran varios despachos de abogados de familia, ha multiplicado las demandas de padres e hijos que se denuncian entre sí alegando, los primeros, que al quedarse en paro o haberles recortado el sueldo no son capaces de pagar la pensión alimentaria fijada tras el divorcio, y, los segundos, que la tasa de desempleo juvenil en España —la segunda más alta de Europa, solo por detrás de Grecia— les impide encontrar un trabajo para valerse por sí mismos. En el último año varias sentencias han obligado a padres divorciados a seguir pagando esa pensión a hijos de incluso 30 años debido a la complicada situación económica.

El Código Civil no especifica una edad máxima para que un hijo siga recibiendo dinero de su progenitor. Sí establece las causas que eximen del pago de esa pensión: que el padre carezca de ingresos suficientes; que el hijo pueda ejercer un oficio que le garantice la subsistencia o que su falta de ingresos provenga de “mala conducta o falta de aplicación al trabajo”.

“Lo normal era que esa pensión se extinguiera cuando el hijo finalizaba sus estudios, con una prórroga hasta que encontrara trabajo, 26 años máximo”, explica Ana Sáiz, de Aba Abogadas. En ese sentido, una muy citada sentencia del Tribunal Supremo de 2001 denegó la pensión alimentaria a dos hermanas de 26 y 29 años, licenciadas en Derecho y Farmacia, alegando que mantenerla “sería favorecer una situación pasiva de lucha por la vida que podría llegar a suponer un parasitismo social”.

Pero el mismo Tribunal Supremo acumula este año varias sentencias sobre la obligación del progenitor de seguir pagando una pensión a hijos mayores de edad. Así, el pasado 12 de julio obligó a un padre a volver a pagar a su hija una pensión alimentaria porque, pese a tener 27 años y una titulación profesional (maestra de educación especial), carecía de trabajo e ingresos suficientes para ser independiente. Otra sentencia del pasado enero recordaba la obligatoriedad de pagar esa pensión cuando la situación de dependencia “no es imputable” al hijo. Por ejemplo, cuando no encuentra trabajo porque la crisis ha disparado el paro... sigue.
Fuente: El País.

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