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domingo, 29 de julio de 2012

La indemnización de Carlos Dívar

Hay personajes en la vida española que son increíbles. Uno de ellos es Carlos Dívar. El señor Dívar, que ha gastado dinero público en múltiples viajes privados que en ningún caso ha justificado, se permite ahora reclamar, por el cese en su cargo, la insignificante indemnización de 208.000 euros. Si el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial acceden a esta petición, nos demostrarán a todos los españoles la pervivencia de prácticas inmorales de saqueo del dinero de todos.
 Ya está bien de que algunas instituciones se adjudiquen sueldos, indemnizaciones y blindajes multimillonarios. Los altos cargos del Estado ya cobran unos sueldos muy dignos, y sus pensiones también lo son. Una persona como el señor Dívar, que ha tenido que dimitir por falta de transparencia en sus gastos y que ha dejado el cargo no por iniciativa propia, sino por la tremenda presión de la opinión pública y de muchos de sus compañeros del CGPJ, tendría que estar avergonzado y no reclamar ni un solo euro de indemnización. La ciudadanía española no puede tolerar que estos comportamientos sigan quedando impunes.
 Si esto no cambia ya, ¿cómo se puede pedir austeridad y sacrificios personales y colectivos a la población?— Agustín Arroyo Carro, en cartas al director de El País.

 Argumentos peregrinos
Indemnizar a Dívar por haber sido obligado a abandonar sus cargos en el Poder Judicial supone rizar el rizo del despropósito. Todo comenzó con el peregrino argumento del fiscal que señaló que no comete delito quien detrae para su propio beneficio bienes que recibe en administración, cuando no está obligado a rendir cuentas de su uso. La exoneración de rendir cuentas no elimina el delito y solo produce la inversión de la carga de la prueba. Es decir, obliga al fiscal a probar que el uso de los fondos ha sido ilegítimo, sin perjuicio de actuar cuando existan indicios racionales de mal uso. Confianza no significa discrecionalidad absoluta.

 Abusar de esta confianza, lejos de estar amparado en una causa de justificación, constituye en el Código Penal un agravante específico del delito de apropiación indebida. El agravante de abuso de confianza es precisamente uno de los elementos de este tipo delictivo.— Antonio Rato. Cartas al director, El País.
Más en El País. No son soportables más escándalos. Más sobre la Indemnización de Carlos Divar. El presidente del Supremo debería esforzarse más en no respetar una ley que es injusta y tratar de cambiarla en pro de la justicia. En tiempos de corrupción es cuando se dan más leyes. Véase el caso Fabra. Como decía Séneca, “Lo que las leyes no prohíben, debe prohibirlo la honestidad”. Aunque parece que lo que reina no es solo la ley, sino el corporativismo: hoy por mí, mañana por ti.— José María Acosta Vera. En cartas al director de El País.