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sábado, 10 de febrero de 2024

_- Terrorismo: lo reconozco en cuanto lo veo.

_- En el caso Tsunami, el terrorismo es una trampa diseñada por el juez García Castellón en conexión con un número indeterminado de jueces y fiscales con el fin inmediato de interrumpir la aprobación de la ley de amnistía y, mediato, de hacer saltar por los aires la legislatura.

El título procede de la opinión concurrente del juez Potter Stewart en el caso Jacobellis vs.Ohio de 1964. Se trataba de un caso en el que estaba en juego el contenido y alcance de la Primera Enmienda en relación con la obscenidad y pornografía. En una sala de cine de Ohio se había proyectado la película 'The Lovers' que contenía una escena de sexo. La cuestión a la que tenía que hacer frente el Tribunal Supremo (TS) es la de si el propietario del cine podía ser sancionado por mostrar material pornográfico.

El problema para el TS es que no había en el ordenamiento jurídico estadounidense una definición legal precisa de la obscenidad y la pornografía. Cada vez que a lo largo del debate los magistrados parecían tener una definición al alcance de la mano, tropezaban con excepciones que la hacían inviable. A pesar de ello, el TS decidió por una mayoría de 6 contra 3 que la obscenidad y la pornografía podían ser sancionadas, pero que la película en cuestión no constituía pornografía.

En este contexto fue en el que el juez Potter Stewart redactó su opinión concurrente: “No intentaré definir los tipos de material que se incluyen en esa descripción abreviada y quizás nunca podría conseguirlo de forma inteligible. Pero lo reconozco en cuanto lo veo. Y la película involucrada en este caso no es eso”.

La opinión concurrente del juez Stewart es perfectamente trasladable al debate recientemente abierto en la sociedad española por el juez García Castellón acerca del terrorismo en el caso del Tsunami Democràtic. Los ciudadanos españoles reconocemos el terrorismo en cuanto lo vemos, independientemente de que cada uno de nosotros sea capaz de identificar la definición jurídica del mismo. Todos sabemos que el asesinato de Gregorio Ordóñez por Txapote fue terrorismo. Todos sabemos que el 11M en la estación de Atocha fue terrorismo. Y todos sabemos que ni en septiembre y octubre de 2017, ni en noviembre de 2019, en Catalunya hubo terrorismo. El procés no ha sido el resultado de una estrategia terrorista, aunque sí antijurídica. Así es como lo ha vivido la sociedad española de forma prácticamente unánime.

El terrorismo es una derivación directa de la proposición de ley de amnistía e, indirecta, de la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno tras las elecciones del 23J. Es una trampa diseñada por el juez García Castellón en conexión con un número indeterminado pero considerable de jueces y fiscales con la finalidad inmediata de interrumpir o, en todo caso, retrasar la aprobación parlamentaria de la proposición de ley de amnistía y, mediata, de hacer saltar por los aires la legislatura y forzar la convocatoria de nuevas elecciones.

La probabilidad de que Carles Puigdemont acabe siendo procesado por terrorismo sigue siendo prácticamente nula, como expliqué aquí el pasado 30 de enero. Lo que decía en ese artículo sigue teniendo la misma validez hoy, independientemente de lo que haya decidido la inmensa mayoría de los fiscales adscritos al Tribunal Supremo (TS). No hay manera de proceder contra Carles Puigdemont sin la autorización del Parlamento Europeo y los miembros de las Sala Segunda del TS saben perfectamente que no lo van a conseguir nunca para juzgarlo por terrorismo. Que quedarían en ridículo si intentaran hacerlo. En consecuencia, el TS va a demorar la toma de decisión sobre iniciar o no actuaciones contra Puigdemont como forma de mantener la presión sobre PSOE y Junts, pero nada más.

Carles Puigdemont, mientras continúe siendo parlamentario europeo, no corre ningún riesgo. Lo que sí corre riesgo es la aprobación de la proposición de ley de amnistía. Cada día que se retrasa la tramitación parlamentaria de la proposición es un día más que se les regala a las derechas políticas, judiciales, fiscales y mediáticas para nuevas emboscadas. En alguna de ellas puede acabar quebrándose la mayoría parlamentaria.

En el caso de que esto ocurriera, el estatus jurídico de Puigdemont no se vería afectado en absoluto, pero el de los demás nacionalistas implicados en el procés, sí. La proposición de ley de amnistía para Puigdemont es superflua. Para los demás nacionalistas no lo es. De ahí que no tenga sentido ni modificar la proposición de ley de amnistía ni introducir reforma de ningún tipo en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Todo esto no hace más que aumentar el ruido, que es, justamente, lo que hay que evitar. La proposición de ley de amnistía tal como está y punto. No hace falta nada más.

domingo, 4 de febrero de 2024

España está haciendo algo valiente

 A dove holding an olive branch in its beak sits on the horns of a bull.

Credit...Mikel Jaso
A dove holding an olive branch in its beak sits on the horns of a bull.
La nueva proposición de ley de amnistía española, en camino de convertirse en ley tras su aprobación en el Congreso en diciembre, ha provocado bastante revuelo. Decenas de miles de personas ha salido a la calle para protestar por la ley —que otorga un indulto general a cientos de políticos, funcionarios y ciudadanos de a pie implicados en el referéndum ilegal sobre la independencia de Cataluña en octubre de 2017— y una mayoría de los españoles está en contra de ella. Muchos analistas y políticos, principalmente de la derecha, han sostenido que la amnistía debilita el Estado de derecho en España e incluso pone en peligro la democracia del país.

Gran parte de la indignación se debe a cómo se produjo el acuerdo sobre la amnistía. El presidente del gobierno, el socialista Pedro Sánchez, prometió en su campaña electoral que no habría una amnistía general, a pesar de que había indultado a nueve separatistas catalanes en 2021. Sin embargo, al no obtener unos resultados electorales rotundos y necesitar el apoyo de los partidos separatistas de Cataluña para asegurarse la mayoría en el Congreso, Sánchez cambió de rumbo y presentó el proyecto de ley. Que esta ley también aplique para el enemigo público número 1 de España, Carles Puigdemont —el exdirigente catalán que autorizó el referéndum y que está prófugo de la justicia española desde 2017— no ha hecho sino intensificar los ánimos negativos.

Pero, a pesar del tufo a oportunismo político que rodea el acuerdo de amnistía de Sánchez, se trata de un intento audaz —incluso valiente— de poner fin a la crisis catalana y ofrecer una salida del impasse perjudicial en que se encuentra España. También atestigua el papel positivo que las amnistías pueden desempeñar en las democracias. En nuestra época actual, definida por la impunidad y el retroceso democrático, la amnistía podría parecer un paso atrás. Pero siempre debería ser una opción con la que puedan contar los dirigentes políticos a la hora de afrontar momentos de crisis. Nada se le acerca ni remotamente para favorecer la paz y la reconciliación.

Las amnistías políticas tienen una larga y noble historia que se remonta al menos al asesinato de Julio César en el 44 a. C., que llevó al filósofo Cicerón a proclamar en el Senado romano que la memoria del asesinato se consignara al olvido eterno. En épocas más recientes, los países han recurrido a la amnistía para buscar una salida a los atascos políticos y una manera, por imperfecta que sea, de avanzar. La Ley de Indemnidad y Olvido de 1660 acompañó el final de la Revolución inglesa, como parte del periodo de la Restauración. En Estados Unidos, la Ley de Amnistía de 1872, que eliminó la mayoría de las sanciones impuestas a los antiguos confederados —incluida la prohibición de la elección o nombramiento de cualquier persona que participara en la insurrección, rebelión y traición—, le dio forma a la Reconstrucción.

La amnistía tuvo un papel destacado en la caída del telón del régimen del apartheid sudafricano. La Comisión para la Verdad y la Reconciliación, creada en 1995, trocó, de manera conocida, la verdad por la justicia al conceder la amnistía a quienes estuviesen dispuestos a testificar. Para el presidente de la comisión, el arzobispo Desmond Tutu, la amnistía era un componente esencial del proceso de reconciliación, ya que albergaba la promesa de proteger la verdad y sanar las divisiones sociales provocadas por el apartheid. La amnistía, traducida en la excarcelación de los presos, también fue parte del Acuerdo de Viernes Santo de 1998, que puso fin a tres décadas de violencia en Irlanda del Norte, los llamados “Troubles” (problemas).

Menos conocida es una amplia amnistía que dio inicio a la transición española hacia una plena democracia, tras cuatro décadas de régimen autoritario. La Ley de Amnistía de 1977 se aplicó a todos los presos políticos, incluidos los nacionalistas catalanes y vascos, así como a miembros del régimen franquista. Esta ley es considerada el eje de la democratización española, y con razón. Aparte de poner un simbólico fin a la guerra civil española —un sangriento conflicto que terminó en 1939—, permitió la mayoría de los acuerdos plasmados en la Constitución de 1978, incluida la incorporación de la monarquía al marco democrático, la separación de Iglesia y Estado y el artículo que permitió la organización del territorio español en comunidades autónomas.

Sin duda, la amnistía de 1977 tenía una desventaja importante. Ayudó a ocultar el llamado holocausto español, la ola de represalias políticas emprendidas por el general Francisco Franco contra los republicanos derrotados al final de la guerra civil, con miles de ejecuciones y el establecimiento de campos de concentración y trabajos forzados donde muchos prisioneros murieron por desatención y malnutrición. España se acabó haciendo cargo de esta oscura historia en 2007 con la Ley de Memoria Histórica, que dispuso la indemnización de las víctimas de la guerra civil y la dictadura, pero se mantuvo la amnistía del antiguo régimen. Todos estuvieron de acuerdo en que era necesario para poder dejar atrás el pasado.

Es descorazonador que muchos de los que se van a beneficiar de la ley de amnistía en Cataluña no hayan mostrado ningún remordimiento por sus actos. Puigdemont sigue sin arrepentirse, y su partido, Junts per Catalunya, no ha descartado la celebración de otro referéndum ilegal. Pero los beneficiarios más importantes de esta nueva ley no son los separatistas radicales que transgredieron la Constitución española, sino la inmensa mayoría de catalanes y españoles que quieren superar el drama separatista. La amnistía es para ellos, aunque ahora no lo vean así.

Para empezar, es probable que la ley de amnistía refuerce la estabilidad política en Cataluña. Esta decisión debilita el argumento, esgrimido por algunos separatistas, de que Madrid es incapaz de la clemencia y de alcanzar acuerdos, lo que les priva de uno de sus gritos de guerra, y sin duda dará fuerza al ala moderada del movimiento separatista catalán, que ha acogido la negociación como la única vía posible para garantizar la independencia. A medida que decaiga el apoyo a la independencia catalana, la amnistía también permitirá a España demostrarle al mundo, consternado por la violencia que acompañó al referéndum, que el país sigue avanzando.

El acuerdo de amnistía de Sánchez contrasta llamativamente con lo que propone la oposición. El manual de estrategia para derrotar al separatismo en Cataluña empleado por el Partido Popular, de tendencia conservadora, y el ultraderechista Vox gira en torno al enjuiciamiento de personas por delitos no violentos, la ilegalización de los partidos separatistas y la movilización del electorado español contra Cataluña. Es difícil pensar que de ese planteamiento pueda surgir algo que no sea rencor y división. La amnistía, con todo su desorden, sus imperfecciones y concesiones, ofrece un mejor remedio para la convivencia democrática en España, y quizá en otros lugares.

Omar G. Encarnación es profesor de ciencias políticas en el Bard College y autor de Democracy Without Justice in Spain: The Politics of Forgetting, entre otros libros.

miércoles, 10 de enero de 2024

¿Mayoría para la ley de amnistía, pero no mayoría de gobierno?

La mayoría de investidura tiene que reafirmarse como mayoría de Gobierno durante los meses de la tramitación parlamentaria de la ley de amnistía. La primera prueba es la negativa de Junts a convalidar tres decretos-leyes.

La mayoría en el Congreso de los Diputados para la aprobación de la proposición de ley de amnistía quedó acreditada en la votación tras el debate de toma en consideración de la misma. Hay 178 diputados a favor de la misma. Se puede dar por seguro que esa misma mayoría rechazará las enmiendas a la totalidad presentadas por PP y VOX, así como también las proposiciones de ambos partidos de tipificar como delitos la “deslealtad constitucional” o la negociación por el presidente del Gobierno de materias de competencia exclusiva de las Cortes Generales.

Sabemos también que el texto aprobado por el Congreso de los Diputados será vetado por el Senado y que, en consecuencia, tendrá que volver al Congreso, que levantará el veto con la misma mayoría absoluta con que lo ha aprobado.

Dado que no se ha presentado ninguna enmienda al articulado de la proposición de ley, sino únicamente a la exposición de motivos de la misma, es decir, a la constitucionalidad de la ley de amnistía en cuanto tal, esta será la cuestión en torno a la cual girarán el o los recursos de inconstitucionalidad que interpondrán los diputados y senadores del PP, así como también los Parlamentos y Consejos de Gobiernos de las Comunidades Autónomas en las que el PP gobierna.

Será el Tribunal Constitucional el que tendrá que decidir si la ley de amnistía aprobada por las Cortes Generales es constitucional o no. Es lo que sabíamos que iba a pasar desde que se empezó a contemplar la posibilidad de la amnistía.

Si el problema pudiera quedar reducido a estos términos, pienso que no habría muchas dudas acerca de la incorporación de la ley de amnistía a nuestro ordenamiento jurídico. No anticipo ningún horizonte en el que el Tribunal Constitucional pudiera declarar anticonstitucional la ley.

Una vez incorporada al ordenamiento jurídico, seguro que se plantearán problemas en la aplicación de la ley, ya que verosímilmente se elevarán “cuestiones de inconstitucionalidad” contra la misma e incluso “cuestiones prejudiciales” ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El ruido que se generaría será considerable, pero pienso que sería manejable.

El problema para que la ley de amnistía llegue a incorporarse al ordenamiento español no es de naturaleza jurídica, sino política. Estriba en que la mayoría parlamentaria que sabemos que existe para su aprobación, se mantenga como mayoría de Gobierno durante los meses en que se tiene que recorrer el iter parlamentario necesario para dicha aprobación.

Aitor Esteban avisó, tras conocerse los resultados del 23J, que en esta legislatura sería necesario el acuerdo de todos durante todo el tiempo. El primer Gobierno de coalición dispuso de un margen en la anterior legislatura del que el segundo carece en esta. Aquí no se puede prescindir de nadie en ningún momento. La mayoría de la investidura tiene que confirmarse diariamente. No hay mayoría alternativa que haga posible la aprobación de una moción de censura. Pero un Gobierno no puede mantenerse simplemente en ese dato negativo. El Gobierno tiene que gobernar y ello exige la adhesión en positivo de manera continuada de todos los grupos parlamentarios que lo hicieron posible.

Aquí es donde puede tropezar la aprobación de la ley de amnistía. La mayoría de investidura tiene que reafirmarse como mayoría de Gobierno durante los meses de la tramitación parlamentaria de la misma. Como primera prueba tenemos la convalidación de los tres Decretos-leyes aprobados por el Gobierno, respecto de los cuales Junts ha anunciado ya su negativa a hacerlo.

Es verdad que los Decretos-leyes pueden ser convalidados con la condición de ser tramitados a continuación como “proyectos de ley por el procedimiento de urgencia”, y que cabría, en consecuencia, pactar antes de la votación de convalidación las enmiendas que se aceptarían durante la tramitación del proyecto de ley. Pero con ello se entraría en un camino tortuoso, ya que probablemente no serían las enmiendas de Junts las únicas con las que habría que contar, sino que posiblemente otros grupos parlamentarios querrían hacerse visibles con la propuesta de otras.

“Todos los comienzos son difíciles”. Son las primeras palabras de Marx en el prólogo a la primera edición de 'El Capital'. Así vienen siendo todos los comienzos de las legislaturas en las que Pedro Sánchez ha sido investido presidente del Gobierno. En esta lo está siendo en grado superlativo, ya que la investidura no ha despejado la incógnita de la gobernabilidad, sino que simplemente la ha desplazado al momento en que la amnistía esté ya operativa. De ahí que la agresividad de la legislatura anterior previa a la investidura se va a ir prolongando en los próximos meses hasta que la ley de amnistía se incorpore definitivamente al ordenamiento jurídico. La amnistía opera como condición suspensiva de la investidura. Condición suspensiva que puede convertirse en condición resolutoria, si la mayoría que hizo a Pedro Sánchez presidente no le permite ejercer la acción de Gobierno mientras se produce la tramitación parlamentaria de la misma.
https://www.eldiario.es/contracorriente/mayoria-no-ley-amnistia-mayoria-gobierno_132_10819897.html?utm_source=adelanto&utm_medium=email&utm_content=Socio&utm_campaign=08/01/2024-adelanto&utm_source=elDiario.es&utm_campaign=2e4dded166-ADELANTO_08-01-2024&utm_medium=email&utm_term=0_10e11ebad6-2e4dded166-%5BLIST_EMAIL_ID%5D&goal=0_10e11ebad6-2e4dded166-65032309&mc_cid=2e4dded166&mc_eid=d4d7c4832c