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lunes, 26 de septiembre de 2022

_- No es memoria: es justicia

_- Javier Cercas.

¿A quién le parece mal que el Estado se haga cargo de exhumar y enterrar con dignidad al padre fusilado de una anciana?

A juzgar por algunas reacciones a la llamada ley de memoria democrática, se diría que sus detractores no la han leído. El principal reproche que le hacen a esa norma es que ataque a la Transición; ahora bien, esto es lo que dice la ley sobre ella: “La conquista y consolidación de la democracia en España ha sido el logro histórico más significativo de la sociedad española”. O: el consenso que hizo posible el fin del franquismo y la Constitución de 1978 “fue el espíritu de nuestra transición política, y ha sido la base de la época de mayor esplendor y prosperidad que ha conocido nuestro pais". La verdad hace tiempo que no leía semejantes diritambos sobre la Transición. Es cierto que por algún portón mal cerrado, se cuela en la ley alguna ambiguedad resbaladiza; ninguna , sin embargo que autorice a Merche Aizpurua (Bildu) a sostener que la norma sirve para "poner en jaque al relato de una Transición ejemplar". ¡Como si no supieramos que en la historia no existe ningún periodo ejemplar! ¿Y cómo iba a serlo la Transición si provocó más de medio millar de muertos, más de la mitad de ellos asesinados por ETA? En cuanto al reproche de que la ley se aprobó con los votos de Bildu, me parece irrelevante; si una ley es útil, me da igual que se apruebe con el apoyo de Bildu, de Vox o de los Morancos.

¿Es útil la ley? Admitamos que, a ratos , está escrita de pena. Además, siempre inquieta que un Estado legisle sobre la memoria, como advietieron en 2008 Pierre Nora, Eric Hobsbawm y otros grandes historiadores. Pero es que esa es la cuestión. en rigor no se trata de justicia; más precisamente; de justicia transicional, esa rama del derecho que, como escribe Alvarez Junco, se enfrenta con las violaciones sistemáticas y generalizadas de los derechos Humanos en las situaciones de opresión y conflicto violento -guerras civiles, dictadura-, de las que se quiere salir hacia otras de paz, democracia e instituciones sometidas a normas". Este tipo de justicia abarca diversos campos, desde la justicia penal o la verdad histórica hasta la reparación de las victimas, en algunos de los cuales la democracia española más de lo que se suele recordar (a mediados de los años noventa, el 26% de los presupuestos del régimen de clases pasivas iba para las victimas); pero no ha hecho lo suficiente. La nueva ley, que no obedece a un capriicho del Gobierno, sino a una obligación internacional, corrige alguna carencias: impide que la Ley de Amnistía de 1977 pueda amparar delitos de genocidios y crímenes contra la humanidad; prevé una declaración general de condena del franquismo, que nunca se ha producido; declara ilegal los tribunales de la dictadura y nulas sus sentencias, y , sobre todo, obliga al Estado a asumir la exhumación de las victimas. no entiendo que se pueda estar contra eso. 

¿A alguien le parece mal que el Estado se haga cargo de exhumar y enterrar con dignidad al padre fusilado de una anciana, cuyo cadáver lleva más de 80 años en una fosa común? 
¿Cómo es posible que quienes exigen con razón desagravio, justicia y recuerdo para las victimas de ETA no los exijan también para las del franquismo? ¿ O es que las víctimas sólo son víctimas si son nuestras? dicho esto, repito que la ley presenta problemas, el mayor de los cuales es que no ha sido aprobada por una gran mayoría del Congreso, que al menos abarque al PP. Este asunto exige una casi unanimidad: primero, porque la democracia consiste en un minimo acuerdo sobre el presente, y un mínimo acuerdo sobre el pasado; y segundo porque en cuanto el PP llegue al poder derogará la ley (como ya hizo en la práctica con la anterior). Y estaremos donde estábamos.

Se dice que las heridad de una guerra civil tardan cien años en curarse. El problema es que nuestra guerra ni acabó en 1939, sino en 1978, porque el franquismo no fue la paz, sino la guerra por otros medios. Como sea, yo espero que, con todos sus defectos e insuficiencias, esta ley sirva para que, dentro de 14 años, cuando pasado un siglo del principio de todo, las heridas duelan menos. 

Javier Carca. El Pais Semanal. 7 de agosto de 2022.

domingo, 3 de diciembre de 2017

_- Poner en palabras el genocidio. Calle Este Oeste, relato del origen de la figura de derecho genocidio. “¿Es posible que el antónimo de ‘olvidar’ no sea ‘recordar’, sino justicia?”

_- Lisa Appignanesi

El 20 de noviembre de 1945, exactamente diez infernales años después de que las Leyes de Nuremberg de los nazis hubieran instituido la legalidad del antisemitismo – despojando a los judíos de su ciudadanía, derechos, propiedad y, finalmente, de su vida – la antigua ciudad bávara albergó los juicios por crímenes de guerra que dieron nacimiento al moderno sistema de justicia internacional.

Por primera vez en la historia, se procesó a líderes nacionales por sus hechos homicidas ante un tribunal internacional. Hermann Göring y otros destacados nazis como el “carnicero de Polonia”, Hans Frank, preeminente asesor legal de Hitler y cabeza del “Gobierno general” de la Polonia ocupada, afrontaron su último juicio. Allí fue también donde los conceptos de “crímenes contra la humanidad” y “genocidio”, tan centrales para la vida contemporánea, tuvieron su primera aparición en una sala de vistas.

Philippe Sands comienza en Nuremberg este libro importante y atractivo. El juicio de Frank le dota de su momento culminante. No resultará una sorpresa que Sands sea un destacado abogado de derechos humanos que participó en el juicio para la extradición de Pinochet, así como en muchos casos claves que llegaron hasta el Tribunal Penal Internacional. La sorpresa es que incluso rastreando las complejidades de la ley, la escritura de Sands mantiene la intriga, el ímpetu y la densidad material de una novela de suspense de primera.

Pero, al cabo, no se trata únicamente de la historia de los juicios de Nuremberg y de las leyes sobre derechos humanos inscritas en el mapa global. Un hilo del libro, y acaso el que lo provoca, es una memoria familiar que desentierra la vida del abuelo materno de Sands, bastante taciturno, Leon Buchholz, y de su esposa Rita. De niño, y luego ya de joven, Philippe visitaba a sus abuelos en París, donde vivían. Nunca supo mucho de su historia, salvo que se trataba de judíos que procedían, en el caso de Leon, de Lemberg, y en el de Rita, de Viena. Los lúgubres años de la guerra, la pérdida de progenitores y parientes en los campos de la muerte, o el penoso periodo anterior a la guerra, rara vez se mencionaban.

La madre de Sands nació también en Viena. Luego, misteriosamente, la trajeron a París, siendo una niña, en el verano de 1939 para reunirse con su padre, mientras su madre se quedaba en una ciudad que suponía ya un riesgo para los judíos. Las razones de esta separación no le quedaban claras a nadie cuando Philippe empezó a hacer preguntas. .

Su relato insinúa que su primera curiosidad acerca de estos asuntos del pasado cristalizó solo cuando le llegó una invitación pidiéndole que diera una conferencia sobre derechos humanos en la ciudad de Lviv. Dependiendo del punto de la historia y los desplazamientos de las regiones de precarias fronteras de Europa oriental, Lviv es una de esas ciudades cuyo nombre se metamorfosea fácilmente en Lwów o Lemberg. Avanzadilla oriental del imperio de los Habsburgo en la región de Galicia, esquina occidental de Rusia, orgullosa ciudad de la Ucrania de breve independencia, luego de Polonia, luego de Rusia, luego de Alemania y vuelta otra vez, la única constante de Lwów hasta los terrores de la II Guerra Mundial era su considerable población judía, de unas cien mil personas.

Entre ellos se contaban dos brillantes pensadores jurídicos cuyas vidas ofrecen otras hebras del relato entretejido por Sands. Hersch Lauterpacht, profesor de Derecho Internacional, y abogado ya de derechos humanos en la década de 1920 y 1930, creció en Lwów, no lejos de la misma familia Buchholz de Sands. Es esta la “Calle Este Oeste” de su título.

Ahuyentado por uno de los estallidos regulares de antisemitismo (el barrio hebreo fue incendiado en 1918) y la imposibilidad como judío de presentarse a los exámenes de Derecho, Lauterpacht se marchó a Viena en 1919. Esa ciudad era sólo ligeramente menos alérgica a los judíos en los años inmediatamente posteriores a la I Guerra Mundial, y pronto él y su nueva esposa viajaron a Inglaterra y a la London School of Economics. La tesis doctoral de Lauterpacht ya había puesto los cimientos de las obligaciones internacionales que refrenarían el poder que el Estado tenía sobre los individuos. Acabaría aceptando un puesto en Cambridge, donde su hijo, Sir Elihu Lauterpacht, sería un día profesor de Philippe Sands. Lauterpacht incluyó la acusación de “crímenes contra la humanidad” – es decir, actos homicidas contra individuos por parte del Estado, con bastante frecuencia contra sus propios ciudadanos – en los juicios de Nuremberg y preparó una parte substancial de las alocuciones de Sir Hartley Shawcross, el fiscal jefe británico.

Al igual que Lauterpacht, Raphael Lemkin estudió también en la Facultad de Derecho de Lwów. Se convirtió en un significado fiscal polaco antes de que los acontecimientos le obligaran a marcharse a los EE.UU. Fueron su pensamiento y sus presiones sobre el equipo legal norteamericano las que pusieron en movimiento el delito de genocidio – crímenes contra una raza o un grupo sobre la base de su identidad – en Nuremberg, y en 1948 vio cómo lo adoptaba la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Aunque el genocidio se ha convertido en nuestra época de derechos humanos en el crimen de los crímenes en los tribunales internacionales, Sands se mantiene un poco receloso frente Lemkin. Evoca una vida personal que es, si acaso, un poco turbia, sexualmente hablando. Entretanto, la conducta social de Lemkin resalta como un tanto decidida en exceso, hasta febril, en el previo de los juicios de Nuremberg, cuando apremia acerca de la necesidad de que se reconozca el genocidio como crimen dominante de los nazis, algo que precede a la guerra misma. En un pasaje fascinante, Sands confiesa que la sospecha de Lauterpacht respecto a ello ha aparecido como algo justificado en juicios más recientes por genocidio, cuando la necesidad de demostrar solidaridad con las víctimas y activar una identidad de grupo ha reforzado a veces los errores y ha convertido la reconciliación política en algo casi imposible.

Junto a su abuelo “de sangre”, Leon, los otros dos judíos de Lwów, Lauterpacht y Lemkin, se convierten para Sands en una suerte de manto profesional de abuelos. Escruta detenidamente lo que llama la “mugre de las evidencias” con tanta diligencia como en el caso de su familia. Sands demuestra celo de abogado en las pruebas, adentrándose en un trabajo de detective de largo alcance y cribando lo que encuentra con magistral inquisición forense. Puede conjurar mágicamente historias completas de heroísmo en tiempos de guerra sacadas de direcciones de ocho décadas atrás. O bien, persiguiendo la pista de una foto desvaída, puede desenterrar posibles abuelos alternativos y relaciones ilícitas solo verificables con una prueba de ADN.

A veces, la pura energía de su ojo inquisitivo sugiere que está dispuesto a juzgar de nuevo una vez más a los perpetradores del Holocausto, no tanto por rabia o rectitud sino porque la evidencia de sus crímenes resulta tan abrumadora. En Treblinka, el campo de la muerte que los nazis trataron de sepultar, ve la impronta del Gobierno general de Frank, que tenía jurisdicción sobre Lemberg, así como sobre Treblinka, junto al comandante del campo, Franz Stangl. Es “una señal negra, indeleble y definitiva respecto al asunto de la responsabilidad”.

El retrato que hace Sands de Frank, el abogado que siguió el mal camino, y su juicio en Nuremberg, ofrecen el potente hilo final de este relato. El hijo de Frank, Niklas, trabó amistad con Sands durante la investigación, y junto a Horst, hijo de Otto Von Wächter – gobernador de Galicia y por tanto el hombre inmediatamente a cargo de la solución final en Lemberg – fue tema de la película de Sands, My Nazi Legacy.

East West Street constituye un volumen memorial de excepción. De paso, subraya que fueron abogados judíos, hombres con experiencia directa de la persecución, los que pusieron los cimientos del Derecho humanitario. Acaso Sands se haya inspirado en ese gran erudito e historiador, Yosef Yerushalmi, que preguntaba conmovedoramente: “¿Es posible que el antónimo de ‘olvidar’ no sea ‘recordar’, sino justicia?”

The Guardian, 22 de mayo de 2016 
http://www.sinpermiso.info/textos/lemberg-fuente-del-derecho-internacional-la-ciudad-que-invento-la-verdad-dossier

Lisa Appignanesi (1946), escritora, novelista, profesora de Literatura, crítico y activista por la libertad de expresión, preside la Royal Society of Literature.

domingo, 24 de agosto de 2014

Un mínimo de humanidad. Ante la brutalidad de las guerras de hoy, deben respetarse los Convenios de Ginebra

Hace exactamente 150 años se adoptó la primera Convención de Ginebra para aliviar la suerte de los militares heridos en campaña, que consagraba en derecho internacional la idea de que, incluso en tiempos de guerra, es indispensable preservar un mínimo de humanidad. Actualmente, Suiza y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), que en aquel entonces contribuyeron a impulsar el derecho internacional humanitario en el plano internacional, trabajan para promover el respeto de este principio en todo el mundo, dado que siguen sin existir mecanismos eficaces que garanticen su cumplimiento.

Evidentemente, las guerras contemporáneas no tienen ya nada que ver con las masacres del siglo XIX. Los combates, que antaño se libraban en campos de batalla bien circunscritos, se han ido desplazando a los núcleos habitados. La guerra tradicional entre ejércitos de Estados beligerantes es ahora la excepción; la regla son los conflictos no internacionales. Y la población civil es la víctima principal de los conflictos armados.

El derecho internacional humanitario se ha adaptado a esta evolución. Los Estados, sobrecogidos por el sufrimiento y la locura destructiva de la II Guerra Mundial, se pusieron de acuerdo en 1949 para consagrar en los cuatro Convenios de Ginebra una protección exhaustiva de todas las personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades, como los soldados heridos o enfermos, los prisioneros de guerra y los civiles. En 1977 y en 2005, tres Protocolos adicionales vinieron a completar esta piedra angular del derecho internacional humanitario. En la actualidad, el empleo de armas específicas, como las armas biológicas y químicas, las municiones en racimo y las minas antipersonas, está ampliamente condenado. El derecho prevé suficientes restricciones para proteger a las personas más vulnerables de la brutalidad de las guerras. Asimismo, se han registrado algunos progresos en su aplicación, por ejemplo, en la instrucción de los soldados o en el enjuiciamiento penal de los crímenes de guerra más graves, gracias, sobre todo, a la creación de la Corte Penal Internacional (CPI).

A pesar de ello, todos los días nos llegan de todo el mundo noticias e imágenes abominables que testimonian el sufrimiento indescriptible generado por los conflictos armados. Con demasiada frecuencia, ese sufrimiento es fruto de violaciones graves del derecho internacional humanitario, debidas a un fallo colectivo. En el artículo primero, común a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, los Estados se comprometieron a respetar y hacer respetar las disposiciones en todas las circunstancias. Sin embargo, hasta el presente, han desatendido la necesidad de dotarse de los medios necesarios para cumplir su compromiso. Desde el principio, el derecho internacional humanitario ha estado desprovisto de mecanismos efectivos que lo hagan respetar. A menudo, esta ineficacia siembra la muerte y la desolación en las poblaciones castigadas por la guerra.

Los principios del derecho internacional humanitario tienen validez universal. Sin embargo, su existencia no está garantizada indefinidamente y requiere esfuerzos constantes. Un derecho que es infringido con regularidad, sin que ello suscite una verdadera reacción, corre el riesgo de ir perdiendo su validez...  /  22 AGO 2014 
Fuente: El País.