El juez Baltasar Garzón ha sido condenado a 11 años de inhabilitación por las escuchas en prisión a los corruptos del caso Gürtel, trama vinculada al PP, lo que implica su expulsión de la carrera judicial. La condena añade además el pago de una multa y las costas. En una sentencia durísima, los jueces del Supremo acusan a Garzón de haber utilizado “prácticas de regímenes totalitarios” utilizando los mismos argumentos que el juez instructor, Alberto Jorge Barreiro. Garzón, según su abogado, Francisco Baena Bocanegra, está "desolado" y estudia ya si recurre ante el Constitucional.
Para sus jueces, Garzón causó “una drástica e injustificada reducción del derecho de defensa y demás derechos afectados anejos al mismo”. La sentencia homenajea al instructor Alberto Jorge Barreiro, al utilizar sus palabras y tildar de “laminación” de esos derechos la disposición de las escuchas. Incluso utiliza sus mismos razonamientos en el sentido de que Garzón habría “colocado a todo el proceso penal español, teóricamente dotado de las garantías constitucionales y legales propias de un Estado de Derecho contemporáneo, al nivel de sistemas políticos y procesales característicos de tiempos ya superados”.
También le atribuye prácticas que en los tiempos actuales solo se encuentran en los regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado, prescindiendo de las mínimas garantías efectivas para los ciudadanos y convirtiendo de esta forma las previsiones constitucionales y legales sobre el particular en meras proclamaciones vacías de contenido”.
Según la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, “ninguno de los métodos de interpretación del derecho usualmente admitidos que hubiera podido seguir el acusado respecto de esos preceptos, le habría conducido a concluir de forma razonada que es posible restringir sustancialmente el derecho de defensa, con los devastadores efectos que ocasiona en el núcleo de la estructura del proceso penal, en las condiciones en que lo hizo”,...
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Opiniones de algunos juristas extranjeros; Henrik Janbell y Caroline Edelstam, aquí.
jueves, 9 de febrero de 2012
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